CAPITULO I.
GENERALIDADES
1. JUSTIFICACION
En toda comunidad educativa debe haber algunas reglas que regulen el funcionamiento de la misma, y conlleven al diálogo, a la armonía y al buen desempeño de todos los integrantes de esa comunidad y de sus acciones pedagógicas.
Es necesario establecer el Manual de Convivencia para regular el compromiso de los estudiantes con la Institución a instancias de la calidad de la excelencia educativa y teniendo en cuenta la Constitución Nacional, el Código del menor, la Ley General de Educación y todas aquellas normas que tengan que ver con la Comunidad Educativa.
2. OBJETIVOS GENERALES
Propender la existencia en la Comunidad Educativa de un ambiente de convivencia humana dentro de la responsabilidad, el respeto, la solidaridad y la libertad; con miras a formar una persona íntegra.
3. OBJETIVOS ESPECIFICOS
3.1. Establecer el Manual de Convivencia que contenga los deberes, derechos, méritos, sanciones y estímulos de los Alumnos de acuerdo con la Constitución Nacional, la Ley General de Educación, el Código del Menor, los fallos de la Corte Constitucional y todas aquellas que rijan la educación.
3.2. Propiciar situaciones al Alumno para que sus actuaciones sean responsable y correctas.
3.3. Orientar permanentemente al alumno con el fin de prevenir actitudes fuera de lo normal.
3.4. Dar a conocer a los Alumnos el Manual de Convivencia para que tengan conocimiento sobre sus deberes, derechos, estímulos y sanciones a que sean merecedores dentro y fuera de la Institución, según sus actuaciones.
3.5. Buscar que la disciplina se convierta en un elemento preventivo y formativo, antes de ser un instrumento de represión y castigo.
3.2. Propiciar situaciones al Alumno para que sus actuaciones sean responsable y correctas.
3.3. Orientar permanentemente al alumno con el fin de prevenir actitudes fuera de lo normal.
3.4. Dar a conocer a los Alumnos el Manual de Convivencia para que tengan conocimiento sobre sus deberes, derechos, estímulos y sanciones a que sean merecedores dentro y fuera de la Institución, según sus actuaciones.
3.5. Buscar que la disciplina se convierta en un elemento preventivo y formativo, antes de ser un instrumento de represión y castigo.
CAPITULO II.
EVALUACION DE LA DISCIPLINA
ARTICULO 1. La Disciplina de los Alumnos será evaluada permanentemente por el Coordinador de Formación, en la sede principal, y por el Coordinador encargado en cada una de las escuelas, y en caso necesario por la Comisión Disciplinaria. El Alumno será responsable directo de su proceso disciplinario.
ARTICULO 2. En la Institución habrá una Comisión Disciplinaria integrada por el Coordinador de Formación, el Director de Grupo del curso en donde esté el alumno implicado, la Sico-Orientadora de la jornada en donde esté el alumno implicado, un representante de la directiva de la Asociación de Padres de Familia y el Personero.
PARAGRAFO. La Comisión Disciplinaria sólo se reunirá para resolver aquellos casos de indisciplina que no estén contemplados en el presente Manual.
ARTICULO 3. En el salón de clases y en el taller habrá una ficha disciplinaria donde el profesor anotará los actos de indisciplina cometidos por los alumnos en su momento. Estas anotaciones se tendrán en cuenta para la evaluación de la Disciplina.
PARAGRAFO 1. El profesor antes de anotar dará a conocer al alumno públicamente su infracción.
PARAGRAFO 2. El alumno podrá apelar dicha anotación ante el Coordinador de Formación.
PARAGRAFO 1. El profesor antes de anotar dará a conocer al alumno públicamente su infracción.
PARAGRAFO 2. El alumno podrá apelar dicha anotación ante el Coordinador de Formación.
ARTICULO 4. En cada salón de clases habrá un alumno encargado de la disciplina, elegido en la primera semana de clases por los alumnos integrantes de ese curso, con el visto bueno del Director de Grupo y del Coordinador de Formación, el cual será defensor disciplinario en su determinado momento y a la vez, será responsable de la Disciplina cuando falte el profesor.
ARTICULO 5. Para evaluar la disciplina el Coordinador de Formación podrá asesorarse del Director de grupo y/o del Jefe de Disciplina del salón.
PARAGRAFO. El Coordinador de Formación podrá pedir la presencia del profesor o profesores que haya o hayan observados casos de indisciplina de los alumnos.
PARAGRAFO. El Coordinador de Formación podrá pedir la presencia del profesor o profesores que haya o hayan observados casos de indisciplina de los alumnos.
ARTICULO 6. El alumno tendrá derecho a conocer su sanción disciplinaria y a su inmediata defensa ante el Coordinador de Formación antes que ésta sea aplicada.
PARAGRAFO. Cuando un alumno solicite por escrito apelación en la sanción que se le ha impuesto, ésta debe hacerse en presencia del Director de grupo quien actuará como veedor. El alumno podrá acompañarse del Jefe de Disciplina de su salón, o del Personero, o del Padre de Familia o Acudiente, si el caso lo amerita. El alumno tendrá 24 (veinte y cuatro) horas después de conocida la sanción para su apelación y reposición.
PARAGRAFO. Cuando un alumno solicite por escrito apelación en la sanción que se le ha impuesto, ésta debe hacerse en presencia del Director de grupo quien actuará como veedor. El alumno podrá acompañarse del Jefe de Disciplina de su salón, o del Personero, o del Padre de Familia o Acudiente, si el caso lo amerita. El alumno tendrá 24 (veinte y cuatro) horas después de conocida la sanción para su apelación y reposición.
ARTICULO 7. Cuando el alumno ha cometido un acto o actos de indisciplina que amerite la reunión de la Comisión Disciplinaria, éste quedará suspendido de todas las actividades curriculares hasta cuando la comisión haya tomado una decisión.
PARAGRAFO. La Comisión Disciplinaria tendrá hasta 2 (dos) días hábiles para estudiar el caso y pronunciarse.
PARAGRAFO. La Comisión Disciplinaria tendrá hasta 2 (dos) días hábiles para estudiar el caso y pronunciarse.
ARTICULO 8. Cuando el alumno ha cometido actos de indisciplina y el Coordinador de Formación le ha llamado la atención, será remitido a la oficina de Sico-Orientación y Trabajo Social, quienes buscaran los correctivos del caso.
ARTICULO 9. Cuando un alumno ha sido sancionado con suspensión de uno o más días de la Institución, para reintegrarse debe pasar por la Coordinación de Formación con el Padre de Familia o Acudiente quienes firmaran la ficha del alumno. El Coordinador de Disciplina lo reportará a la Oficina de Sico-Orientación y Trabajo Social para los correctivos del caso.
CAPITULO III.
CONDUCTOS REGULARES
En lo referente a la parte académica y técnica la máxima autoridad es el Consejo Académico.
En lo referente a la parte disciplinaria la máxima autoridad es el Consejo directivo.
En lo referente a la parte disciplinaria la máxima autoridad es el Consejo directivo.
ARTICULO 1. DEL ALUMNO
1. Si se presentan desacuerdo entre alumno y profesor, el alumno tendrá que resolverlo en primera instancia con el profesor. Si no llegasen a un acuerdo debe seguir los siguientes conductos:
1.1. Si el desacuerdo es Académico: Director de grupo, Coordinador Académico, Consejo Académico.
1.2. Si el desacuerdo es el Área Técnica: Jefe del Taller respectivo, Coordinador de Taller, Consejo Académico.
1.3. Si el desacuerdo es disciplinario: Director de Grupo, Coordinador de Formación, Consejo Directivo.
1.1. Si el desacuerdo es Académico: Director de grupo, Coordinador Académico, Consejo Académico.
1.2. Si el desacuerdo es el Área Técnica: Jefe del Taller respectivo, Coordinador de Taller, Consejo Académico.
1.3. Si el desacuerdo es disciplinario: Director de Grupo, Coordinador de Formación, Consejo Directivo.
2. Los alumnos dentro de la Institución estarán bajo la responsabilidad del Coordinador de Formación, quien es el único autorizado para darle entrada o salida en la Institución. Por consiguiente, para un alumno entrar o ausentarse de la Institución, sólo podrá hacerlo con la autorización del Coordinador de Formación.
3. Para un alumno ausentarse de la Institución deberá traer una excusa firmada por el Padre de Familia o Acudiente dirigida al Coordinador de Formación. En caso de enfermedad, con el visto bueno de la enfermera, (en la sede principal).
4. La Institución no se hace responsable por alumnos que salgan de ella sin la autorización del Coordinador de Formación.
5. La Institución no se hace responsable por alumnos que salgan fuera de la ciudad en paseos, excursiones, laboratorio de campo o cualquier tipo de actividad. Será responsabilidad del padre de familia o acudiente.
6. Quedan prohibido los permisos para paseos y toda actividad que no tenga un proyecto previo.
ARTICULO 2. DEL PADRE DE FAMILIA O ACUDIENTE.
1. El Padre de Familia o Acudiente indagará por la situación de su hijo o acudido, y podrá hacerlo ante el director de grupo, quien lo orientará en la información que desea obtener.
2. Cuando solicite permiso para que su hijo o acudido se ausente de la Institución por horas, un día o más, deberá pasar un excusa firmada y con su número de cédula a la oficina de la Coordinación de Formación.
CAPITULO IV.
FUNDAMENTOS CONCEPTUALES
FUNDAMENTOS CONCEPTUALES
ARTICULO 1. DE LOS ALUMNOS.
1. Los Alumnos serán considerados en la Institución como el centro del proceso educativo y todos los recursos técnicos y humanos se encaminarán a su educación y formación para incorporarlos a la sociedad.
2. Se entiende por Alumno de la Institución el que llene lo requisitos exigidos al momento de la matrícula, ésta debe ser firmada por el Alumno y el Padre de Familia o el Acudiente, quien será el único que tendrá los derechos y deberes establecidos en el PEI.
3. Se deja de ser Alumnos de la Institución cuando se le cancele la matrícula (expulsión de la Institución) o cuando uno de sus padres o el acudiente retire la documentación del Alumno.
4. La Institución se reserva el derecho de permanencia para aquellos alumnos que observen comportamiento inadecuado en su aspecto disciplinario y/o académico, en aras de mejorar la calidad de la educación, previo estudio del seguimiento acumulativo en la ficha del Alumno (debido proceso) y amparados en fallos de la Corte Constitucional.
5. La Institución se reserva el derecho de ubicación del alumno en la Jornada de la Mañana o en la Vespertina.
6. El alumno que por incapacidad física no pueda asistir a las actividades de una asignatura o su trabajo en el taller, por un término no superior a lo establecido en la ley, deberá presentar la certificación médica ante el Coordinador de Disciplina quien comunicará dicha incapacidad al profesor de la asignatura o taller.
En este caso profesor y alumno acordarán de qué manera suplirán la entrega de trabajos o toma de notas que se hubiesen presentado durante la ausencia justificada del alumno.
7. El inicio de la Jornada Matinal será a las 6:45 A.M. y terminará a las 12: 40 P.M. y el de la Jornada Vespertina será a la 1:00 P.M. y terminará a las 7:15 P.M. en la sede principal. En las escuelas será de 6:50 A.M. a 12:10 P.M. Jornada Matinal y de 12:50 P.M. a 6:10 P.M. en la Jornada Vespertina.
8. La puerta de entrada se abrirá a las 6:30 A.M. y se cerrará a las 6:45 A.M. en la Jornada Matinal y se abrirá a las 12:50 P.M. y se cerrará a la 1:00 P.M. para la Jornada Vespertina en la sede principal. En las escuelas la puerta se abrirá a las 6:45 A.M. y se cerrará a las 7: A.M. en la Jornada Matinal y se abrirá a las 12:45 P.M. y se cerrará a la 1.00 P.M. en la Jornada Vespertina. Después de cerrada la puerta de entrada, el alumno sólo podrá entrar a la Institución con la presencia del padre de familia o acudiente, en caso excepcional, con la autorización del Coordinador de Formación.
9. Para poder asistir a clases, el alumno debe venir completamente uniformado en forma obligatoria, tal como lo establece el presente Manual
10. El alumno debe presentarse a la Institución decente y adecuadamente vestido con su uniforme.
11. El uniforme de diario será así: Pantalón Jean clásico color azul, suéter azul cielo con el escudo de la Institución al lado izquierdo, encajado, con correa, medias y zapatos negros.
12. El uniforme de Taller será así; un bombero azul turquí encima del uniforme de diario. Bata blanca para el Taller de Dibujo.
13. Las niñas podrán usar una falda, en vez de pantalón en el taller y en el salón de clases, siempre y cuando ésta sea de color azul turquí y estar por debajo de la rodilla.
14. El uniforme de Educación Física será así: Sudadera azul turquí con la sigla ITI al lado izquierdo, suéter azul turquí, medias, zapatos negros o tenis.
2. Se entiende por Alumno de la Institución el que llene lo requisitos exigidos al momento de la matrícula, ésta debe ser firmada por el Alumno y el Padre de Familia o el Acudiente, quien será el único que tendrá los derechos y deberes establecidos en el PEI.
3. Se deja de ser Alumnos de la Institución cuando se le cancele la matrícula (expulsión de la Institución) o cuando uno de sus padres o el acudiente retire la documentación del Alumno.
4. La Institución se reserva el derecho de permanencia para aquellos alumnos que observen comportamiento inadecuado en su aspecto disciplinario y/o académico, en aras de mejorar la calidad de la educación, previo estudio del seguimiento acumulativo en la ficha del Alumno (debido proceso) y amparados en fallos de la Corte Constitucional.
5. La Institución se reserva el derecho de ubicación del alumno en la Jornada de la Mañana o en la Vespertina.
6. El alumno que por incapacidad física no pueda asistir a las actividades de una asignatura o su trabajo en el taller, por un término no superior a lo establecido en la ley, deberá presentar la certificación médica ante el Coordinador de Disciplina quien comunicará dicha incapacidad al profesor de la asignatura o taller.
En este caso profesor y alumno acordarán de qué manera suplirán la entrega de trabajos o toma de notas que se hubiesen presentado durante la ausencia justificada del alumno.
7. El inicio de la Jornada Matinal será a las 6:45 A.M. y terminará a las 12: 40 P.M. y el de la Jornada Vespertina será a la 1:00 P.M. y terminará a las 7:15 P.M. en la sede principal. En las escuelas será de 6:50 A.M. a 12:10 P.M. Jornada Matinal y de 12:50 P.M. a 6:10 P.M. en la Jornada Vespertina.
8. La puerta de entrada se abrirá a las 6:30 A.M. y se cerrará a las 6:45 A.M. en la Jornada Matinal y se abrirá a las 12:50 P.M. y se cerrará a la 1:00 P.M. para la Jornada Vespertina en la sede principal. En las escuelas la puerta se abrirá a las 6:45 A.M. y se cerrará a las 7: A.M. en la Jornada Matinal y se abrirá a las 12:45 P.M. y se cerrará a la 1.00 P.M. en la Jornada Vespertina. Después de cerrada la puerta de entrada, el alumno sólo podrá entrar a la Institución con la presencia del padre de familia o acudiente, en caso excepcional, con la autorización del Coordinador de Formación.
9. Para poder asistir a clases, el alumno debe venir completamente uniformado en forma obligatoria, tal como lo establece el presente Manual
10. El alumno debe presentarse a la Institución decente y adecuadamente vestido con su uniforme.
11. El uniforme de diario será así: Pantalón Jean clásico color azul, suéter azul cielo con el escudo de la Institución al lado izquierdo, encajado, con correa, medias y zapatos negros.
12. El uniforme de Taller será así; un bombero azul turquí encima del uniforme de diario. Bata blanca para el Taller de Dibujo.
13. Las niñas podrán usar una falda, en vez de pantalón en el taller y en el salón de clases, siempre y cuando ésta sea de color azul turquí y estar por debajo de la rodilla.
14. El uniforme de Educación Física será así: Sudadera azul turquí con la sigla ITI al lado izquierdo, suéter azul turquí, medias, zapatos negros o tenis.
ARTICULO 2. ESTIMULOS A ESTUDIANTES
15. La filosofía de la Institución permite establecer una serie de estímulos de acuerdo con el comportamiento de los alumnos, el rendimiento Académico, en los Talleres y en las actividades que se relacionan con la vida de la Institución. Los estímulos serán discriminados así:
a. Exaltación en público. Cuando en el momento ha logrado éxitos y/o triunfos en lo académico, técnico, deportivo u otros.
b. Prelación a la izada de bandera a los mejores alumnos de cada curso por su rendimiento y comportamiento.
c. Cuando se trate de representar al curso o a la Institución en actos especiales internos o externos, se tendrán en cuenta los alumnos de mejor rendimiento y comportamiento.
d. Publicación en el cuadro de honor, en carteleras, de los mejores alumnos académicos y técnicos de cada período de clases.
e. Exaltación en público y premio al alumno del grado once que haya obtenido el más alto puntaje en las pruebas del ICFES.
f. Exaltación en público y premio al alumno del grado once que se haya destacado en aptitudes y valores y haya alcanzado los logros en todas las asignaturas, previo concepto del Comité de Evaluación.
g. Matrícula de honor y el no pago de los diez meses de pensión del siguiente año lectivo a los dos (2) mejores alumnos en rendimiento académico que al finalizar el año lectivo ocuparon los dos primeros puestos de su grado. Dicha matrícula y Pensión la concederá el Rector mediante resolución motivada. Artículo 101 Ley 115 de 1994.
a. Exaltación en público. Cuando en el momento ha logrado éxitos y/o triunfos en lo académico, técnico, deportivo u otros.
b. Prelación a la izada de bandera a los mejores alumnos de cada curso por su rendimiento y comportamiento.
c. Cuando se trate de representar al curso o a la Institución en actos especiales internos o externos, se tendrán en cuenta los alumnos de mejor rendimiento y comportamiento.
d. Publicación en el cuadro de honor, en carteleras, de los mejores alumnos académicos y técnicos de cada período de clases.
e. Exaltación en público y premio al alumno del grado once que haya obtenido el más alto puntaje en las pruebas del ICFES.
f. Exaltación en público y premio al alumno del grado once que se haya destacado en aptitudes y valores y haya alcanzado los logros en todas las asignaturas, previo concepto del Comité de Evaluación.
g. Matrícula de honor y el no pago de los diez meses de pensión del siguiente año lectivo a los dos (2) mejores alumnos en rendimiento académico que al finalizar el año lectivo ocuparon los dos primeros puestos de su grado. Dicha matrícula y Pensión la concederá el Rector mediante resolución motivada. Artículo 101 Ley 115 de 1994.
ARTICULO 3. LOS DERECHOS DE LOS ALUMNOS
Toda persona tiene derecho al libre desarrollo de su personalidad sin más limitaciones de las que le imponen los derechos de los demás y el orden jurídico. Artículo 16 de de la Constitución Nacional.
Todos los Alumnos matriculados en la Institución gozarán de los siguientes derechos
1. Conocer el Manual de Convivencia.
2. Recibir de los profesores y compañeros un buen trato a la altura de su dignidad como persona dentro y fuera de la Institución.
3. Expresar libre y respetuosamente sus inquietudes y manifestaciones propias de su persona.
4. No aportar cuotas extras por ningún motivo en forma obligatoria.
5. Presentar en forma cuidadosa sus excusas a clases y evaluaciones oportunamente y demás controles académicos.
6. Conocer el resultado de las evaluaciones antes de ser entregadas a la Coordinación Académica, así mismo recibir sus trabajos debidamente evaluados a más tardar cinco (5) días hábiles después de presentados a su respectivo profesor.
7. Ser oído en descargo cuando cometa una infracción que sea causal de suspensión, de acuerdo con las disposiciones contempladas en el presente Manual.
8. Participar en organizaciones estudiantiles, Gobierno Escolar y demás presentaciones donde se lo permita la nueva Ley de Educación.
9. Presentar reclamos justificados cuando haya situaciones problemática y aportar situaciones a las mismas.
10. Disfrutar responsablemente de las instalaciones, dotación y servicio que correspondan a las actividades curriculares.
11. Recibir cuidado, asistencia y protección sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, lengua, religión, opinión política o filosófica.
12. Que se le propicie el descanso, el esparcimiento, el juego y la participación en la vida artística, cultural, científica y política de la Institución y su entorno.
13. Valoración de sus éxitos en los diferentes campos de su formación.
14. Ser tratado con dignidad ante sus fracasos y recibir la orientación pertinente para la superación de los mismos.
15. Que se le consideren sus sugerencias sobre modificaciones del currículo, Manual de Convivencia y sus actividades.
16. Ser respetado en su intimidad y que la información personal que sobre él tenga la Institución se maneje con sujeción al secreto profesional.
17. Ser orientado en la construcción de su anatomía tanto intelectual como moral.
18. Que se le respeten sus bienes y pertenencias.
19. Hacer uso de las herramientas e implementos adecuados utilizados en los procesos de aprendizaje.
20. Participar en la planeación, ejecución y evaluación del PEI de acuerdo con los mecanismos que para ello se estipule.
21. Solicitar oportunamente y con el debido respeto la corrección de juicios erróneos.
22. Recibir el carné estudiantil que le permita identificarse en cualquier lugar como miembro de la Institución.
23. Todos los Derechos amparados en la Constitución Nacional, el Código del Menor y la Ley de la Juventud.
2. Recibir de los profesores y compañeros un buen trato a la altura de su dignidad como persona dentro y fuera de la Institución.
3. Expresar libre y respetuosamente sus inquietudes y manifestaciones propias de su persona.
4. No aportar cuotas extras por ningún motivo en forma obligatoria.
5. Presentar en forma cuidadosa sus excusas a clases y evaluaciones oportunamente y demás controles académicos.
6. Conocer el resultado de las evaluaciones antes de ser entregadas a la Coordinación Académica, así mismo recibir sus trabajos debidamente evaluados a más tardar cinco (5) días hábiles después de presentados a su respectivo profesor.
7. Ser oído en descargo cuando cometa una infracción que sea causal de suspensión, de acuerdo con las disposiciones contempladas en el presente Manual.
8. Participar en organizaciones estudiantiles, Gobierno Escolar y demás presentaciones donde se lo permita la nueva Ley de Educación.
9. Presentar reclamos justificados cuando haya situaciones problemática y aportar situaciones a las mismas.
10. Disfrutar responsablemente de las instalaciones, dotación y servicio que correspondan a las actividades curriculares.
11. Recibir cuidado, asistencia y protección sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, lengua, religión, opinión política o filosófica.
12. Que se le propicie el descanso, el esparcimiento, el juego y la participación en la vida artística, cultural, científica y política de la Institución y su entorno.
13. Valoración de sus éxitos en los diferentes campos de su formación.
14. Ser tratado con dignidad ante sus fracasos y recibir la orientación pertinente para la superación de los mismos.
15. Que se le consideren sus sugerencias sobre modificaciones del currículo, Manual de Convivencia y sus actividades.
16. Ser respetado en su intimidad y que la información personal que sobre él tenga la Institución se maneje con sujeción al secreto profesional.
17. Ser orientado en la construcción de su anatomía tanto intelectual como moral.
18. Que se le respeten sus bienes y pertenencias.
19. Hacer uso de las herramientas e implementos adecuados utilizados en los procesos de aprendizaje.
20. Participar en la planeación, ejecución y evaluación del PEI de acuerdo con los mecanismos que para ello se estipule.
21. Solicitar oportunamente y con el debido respeto la corrección de juicios erróneos.
22. Recibir el carné estudiantil que le permita identificarse en cualquier lugar como miembro de la Institución.
23. Todos los Derechos amparados en la Constitución Nacional, el Código del Menor y la Ley de la Juventud.
ARTICULO 4. DEBERES DE LOS ALUMNOS
Toda persona tiene deberes con respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad. Artículo 29 de los Derechos
Humanos y Artículo 95 de la Constitución Nacional.
Humanos y Artículo 95 de la Constitución Nacional.
Todo Alumno matriculado en la Institución tiene los siguientes deberes:
1. Aplicar el Manual de Convivencia en el trato diario con los demás miembros de la Comunidad.
2. Respetar a sus compañeros, profesores, directivos, administrativos y de servicios generales, procurando fomentar, mantener y fortalecer sentimientos de amistad, camaradería y colaboración, por consiguiente, deben evitarse las peleas dentro y fuera de la Institución.
3. Colaborar dentro de sus posibilidades y capacidades en campañas de beneficio colectivo, tales como ornatos del plantel, aseo y elaboración de material pedagógico y técnico, actividades cívicas, ecológicas, culturales, deportivas y del área técnica.
4. Proveerse de los implementos necesarios para el buen desempeño en cada asignatura y no aprovecharse de ellos para interferir en el buen desarrollo del proceso de aprendizaje o con fines dañinos o amenazantes.
5. Portar el carné estudiantil en un lugar visible para efectos de identificación como miembro de la Institución.
6. Cuando se pierda el carné hacerlo saber a la Coordinación de Formación; de los contrario, se hará responsable de lo que hagan con él.
7. Atender con prontitud las indicaciones de iniciación o suspensión de las actividades dentro de la Institución. No salir de ella sin la autorización del Coordinador de Formación.
8. Valorar y conservar en buen estado las aulas, pupitres, unidades sanitarias y todos los elementos que la Institución tenga a su disposición para su uso y bienestar.
9. Asistir correctamente presentado y con el uniforme correspondiente a la Institución..
10. Representar dignamente a la Institución en eventos culturales y deportivos cuando sea designado para ello.
11. Presentar las evaluaciones, tareas, exposiciones, trabajos, en los días y horas programadas. Artículo 48 del Decreto 1860 de 1994.
12. Hacerse responsable de daños y pérdidas ocurridas en las instalaciones, dotaciones y servicios cuando haga uso de ellas.
13. Responder a los esfuerzos y demandas que efectúa la Institución para la formación integral, por consiguiente, debe abstenerse de presentarse a la Institución en estado de embriaguez, bajo los efectos de alucinógenos o fumar.
14. Participar responsable, racional y sanamente en el descanso, el esparcimiento, el juego, el deporte, el arte, la cultura, la ciencia y la política.
15. Evitar la participación en actos que atenten contra el bienestar y la seguridad de la Comunidad Educativa. No utilizar detonantes o sustancias químicas.
16. Participar activa y responsablemente en las organizaciones constituidas en la Institución con el propósito de fortalecer la personalidad y el desarrollo integral.
17. Actuar con sencillez ante el reconocimiento de sus éxitos.
18. Comportarse con grandeza y espíritu se superación ante los fracasos.
19. Mantener, proteger y conservar sana y adecuadamente el medio ambiente dentro y fuera del entorno escolar. No arroje basura ni manche las paredes.
20. Aceptar de buen agrado y con sentido de colaboración las disposiciones de los compañeros que desempeñan funciones de disciplina o cualquier otra actividad propia del gobierno escolar.
21. Procurar mantener relaciones cordiales con todas las personas, por ello deben evitarse las bromas de mal gusto, los apodos, las burlas, los juegos bruscos, vocablos soeces, apuestas u ofensas morales.
22. Contribuir al establecimiento de un medio de aprendizaje adecuado, sano, estético confortable, a través de una correcta presentación personal y permanente práctica de aseo, uso adecuado del uniforme y de una adecuada decoración e higiene del aula. No usar maquillaje, ni adornos, ni peinados estrafalarios. Los varones abstenerse de usar el cabello largo o figuras en la cabeza, ni aretes, pirci, gorras.
23. Ser puntual en las obligaciones inherentes a condición de estudiante y no perturbar el normal desarrollo de las actividades escolares, o salirse de clases sin el permiso del profesor o entrar en un salón distinto al suyo.
24. Proceder con cordura apelando al diálogo racional y democrático, solucionar los problemas académicos, técnicos o disciplinarios de la Institución, respetando el conducto regular.
25. Respetar y no usar los bienes y pertenencia de la Institución y de los demás sin el permiso correspondiente.
26. Permanecer en los lugares apropiados de la Institución para actividades comunitarias dentro de la jornada de estudio
27. Procurar no incurrir en faltas calificadas como graves por éste Manual, mientras sea Alumno de la Institución.
28. Abstenerse de sustraer o hurtar elementos de la Institución, del profesor o de sus compañeros. De comprobarse el hurto, será causal de cancelación inmediata de la matrícula. Esta será hecha por el señor Rector previo informe del Coordinador de Disciplina.
29. Acatar las disposiciones internas de la Institución previo conocimiento de la Comunidad Educativa y fijado en cartelera.
30. Presentar oportunamente las excusas y documentos que justifiquen la no asistencia a la Institución. Las excusas deben presentarse a la Coordinación de Disciplina máximo el día de regreso al colegio.
31. Acatar los planes y programas emanados del Ministerio de Educación y del PEI.
2. Respetar a sus compañeros, profesores, directivos, administrativos y de servicios generales, procurando fomentar, mantener y fortalecer sentimientos de amistad, camaradería y colaboración, por consiguiente, deben evitarse las peleas dentro y fuera de la Institución.
3. Colaborar dentro de sus posibilidades y capacidades en campañas de beneficio colectivo, tales como ornatos del plantel, aseo y elaboración de material pedagógico y técnico, actividades cívicas, ecológicas, culturales, deportivas y del área técnica.
4. Proveerse de los implementos necesarios para el buen desempeño en cada asignatura y no aprovecharse de ellos para interferir en el buen desarrollo del proceso de aprendizaje o con fines dañinos o amenazantes.
5. Portar el carné estudiantil en un lugar visible para efectos de identificación como miembro de la Institución.
6. Cuando se pierda el carné hacerlo saber a la Coordinación de Formación; de los contrario, se hará responsable de lo que hagan con él.
7. Atender con prontitud las indicaciones de iniciación o suspensión de las actividades dentro de la Institución. No salir de ella sin la autorización del Coordinador de Formación.
8. Valorar y conservar en buen estado las aulas, pupitres, unidades sanitarias y todos los elementos que la Institución tenga a su disposición para su uso y bienestar.
9. Asistir correctamente presentado y con el uniforme correspondiente a la Institución..
10. Representar dignamente a la Institución en eventos culturales y deportivos cuando sea designado para ello.
11. Presentar las evaluaciones, tareas, exposiciones, trabajos, en los días y horas programadas. Artículo 48 del Decreto 1860 de 1994.
12. Hacerse responsable de daños y pérdidas ocurridas en las instalaciones, dotaciones y servicios cuando haga uso de ellas.
13. Responder a los esfuerzos y demandas que efectúa la Institución para la formación integral, por consiguiente, debe abstenerse de presentarse a la Institución en estado de embriaguez, bajo los efectos de alucinógenos o fumar.
14. Participar responsable, racional y sanamente en el descanso, el esparcimiento, el juego, el deporte, el arte, la cultura, la ciencia y la política.
15. Evitar la participación en actos que atenten contra el bienestar y la seguridad de la Comunidad Educativa. No utilizar detonantes o sustancias químicas.
16. Participar activa y responsablemente en las organizaciones constituidas en la Institución con el propósito de fortalecer la personalidad y el desarrollo integral.
17. Actuar con sencillez ante el reconocimiento de sus éxitos.
18. Comportarse con grandeza y espíritu se superación ante los fracasos.
19. Mantener, proteger y conservar sana y adecuadamente el medio ambiente dentro y fuera del entorno escolar. No arroje basura ni manche las paredes.
20. Aceptar de buen agrado y con sentido de colaboración las disposiciones de los compañeros que desempeñan funciones de disciplina o cualquier otra actividad propia del gobierno escolar.
21. Procurar mantener relaciones cordiales con todas las personas, por ello deben evitarse las bromas de mal gusto, los apodos, las burlas, los juegos bruscos, vocablos soeces, apuestas u ofensas morales.
22. Contribuir al establecimiento de un medio de aprendizaje adecuado, sano, estético confortable, a través de una correcta presentación personal y permanente práctica de aseo, uso adecuado del uniforme y de una adecuada decoración e higiene del aula. No usar maquillaje, ni adornos, ni peinados estrafalarios. Los varones abstenerse de usar el cabello largo o figuras en la cabeza, ni aretes, pirci, gorras.
23. Ser puntual en las obligaciones inherentes a condición de estudiante y no perturbar el normal desarrollo de las actividades escolares, o salirse de clases sin el permiso del profesor o entrar en un salón distinto al suyo.
24. Proceder con cordura apelando al diálogo racional y democrático, solucionar los problemas académicos, técnicos o disciplinarios de la Institución, respetando el conducto regular.
25. Respetar y no usar los bienes y pertenencia de la Institución y de los demás sin el permiso correspondiente.
26. Permanecer en los lugares apropiados de la Institución para actividades comunitarias dentro de la jornada de estudio
27. Procurar no incurrir en faltas calificadas como graves por éste Manual, mientras sea Alumno de la Institución.
28. Abstenerse de sustraer o hurtar elementos de la Institución, del profesor o de sus compañeros. De comprobarse el hurto, será causal de cancelación inmediata de la matrícula. Esta será hecha por el señor Rector previo informe del Coordinador de Disciplina.
29. Acatar las disposiciones internas de la Institución previo conocimiento de la Comunidad Educativa y fijado en cartelera.
30. Presentar oportunamente las excusas y documentos que justifiquen la no asistencia a la Institución. Las excusas deben presentarse a la Coordinación de Disciplina máximo el día de regreso al colegio.
31. Acatar los planes y programas emanados del Ministerio de Educación y del PEI.
NOTA. La Institución no responde por dinero, joyas, celulares, bipper, bicicleta, gorras, motos, carros, balones y otros enseres, que los alumnos traigan a la Institución, ni por útiles o prendas de vestir. El Coordinador de Formación hará seguimiento, hasta donde sea posible, de casos de pérdida presentados, con el fin de encontrar responsables.
ARTICULO 5. SANCIONES
Se entiende por sanción, el procedimiento que se aplica a un alumno cuando éste ha violado los deberes contemplados en el presente Manual de Convivencia, y sin que las mismas violen la Constitución Nacional, el Código del Menor o la Ley General de Educación.
1. Antes de aplicar cualquier sanción el alumno tendrá derecho a su defensa, y de acuerdo con la misma, la sanción podrá aplicarse, rebajarse o anularse, pero en ningún caso aumentarse.
2. Cuando un alumno está involucrado, o se sospeche que ha cometido un acto de indisciplina, el Coordinador de Formación podrá suspenderlo por un día de clases, mientras se le define su situación.
3. Cuando un alumno está involucrado en un robo o en una falta que amerita una investigación, el Coordinador de Formación podrá suspenderlo de sus actividades mientras se define su responsabilidad por un término no mayor de tres (3) día hábiles.
4. En caso de sustracción de herramientas, materiales, etc., en el taller, el profesor de taller y el Coordinador de Taller indagarán en primera instancia y presentaran un informe por escrito a la Coordinación de Formación quien tomará las medidas correspondientes. Si ocurre en el salón de clases, el profesor presente y el director de grupo harán lo mismo.
5. La falta que se comete contra la Disciplina de la Institución puede ser leve o grave en consideración a las circunstancias de modo, tiempo, lugar, periodicidad con que se haga, atenuantes o agravantes que favorezcan o perjudiquen al responsable de la falta
6. El Coordinador de Formación está facultado para sancionar a un alumno que viole las disposiciones presente en éste Manual, después de elaborado el informe disciplinario y de haber sido oído en descargos al implicado (debido proceso).
7. Las infracciones a las normas contempladas en el presente Manual se sancionarán de la siguiente manera:
a. Amonestación, dejándose constancia escrita en la hoja de vida del alumno (ficha).
Esta sanción será impuesta por el director de grupo o el Coordinador de Formación, previa comprobación del hecho. Cuando la amonestación sea hecha por el director de grupo, éste debe pasar el informe por escrito a la Coordinación de Formación para que quede registrado en la ficha del alumno.
b. Suspensión de sus derechos de alumno por un término de 1 a 3 días hábiles. Esta sanción será impuesta por el Coordinador de Formación.
c. Suspensión de sus derechos de alumno por un término de 4 a 8 días hábiles. Esta sanción será impuesta por el Coordinador de Formación.
d. Suspensión definitiva de sus derechos de alumno de la Institución con cancelación inmediata de su matrícula. Esta sanción será impuesta por el Rector, después que éste haya analizado el informe del Coordinador de Formación, y de habarla dado a conocer al padre de familia o acudiente del alumno y a través de una resolución de la rectoría.
8. Cuando la falta revista tal gravedad que no se encuentren en las normas del presente Manual, el Rector hará la consulta en asamblea al comité disciplinario, al cuerpo de profesores y al Personero de los alumnos reunidos en pleno.
9. En caso de daño, pérdida de objeto u objeto de propiedad de la Comunidad Educativa, el alumno o alumnos causantes, están obligados a restituir o pagar con su valor comercial actual dentro de los 5 días siguientes a la sanción. Esta, según el criterio del Coordinador de Formación, podrá ser rebajada o anulada.
10. En caso de robo, el alumno implicado está obligado a restituir o pagar el objeto sustraído, so pena de retenerle su documentación académica.
11. Para poder reintegrarse a la Institución y recobrar sus derechos de alumno, cuando ha sido suspendido por uno o más días, éste tendrá que presentarse con el Padre de familia o Acudiente a la Coordinación de Formación y firmar la ficha del alumno y el Contrato Pedagógico, si la falta lo amerita.
2. Cuando un alumno está involucrado, o se sospeche que ha cometido un acto de indisciplina, el Coordinador de Formación podrá suspenderlo por un día de clases, mientras se le define su situación.
3. Cuando un alumno está involucrado en un robo o en una falta que amerita una investigación, el Coordinador de Formación podrá suspenderlo de sus actividades mientras se define su responsabilidad por un término no mayor de tres (3) día hábiles.
4. En caso de sustracción de herramientas, materiales, etc., en el taller, el profesor de taller y el Coordinador de Taller indagarán en primera instancia y presentaran un informe por escrito a la Coordinación de Formación quien tomará las medidas correspondientes. Si ocurre en el salón de clases, el profesor presente y el director de grupo harán lo mismo.
5. La falta que se comete contra la Disciplina de la Institución puede ser leve o grave en consideración a las circunstancias de modo, tiempo, lugar, periodicidad con que se haga, atenuantes o agravantes que favorezcan o perjudiquen al responsable de la falta
6. El Coordinador de Formación está facultado para sancionar a un alumno que viole las disposiciones presente en éste Manual, después de elaborado el informe disciplinario y de haber sido oído en descargos al implicado (debido proceso).
7. Las infracciones a las normas contempladas en el presente Manual se sancionarán de la siguiente manera:
a. Amonestación, dejándose constancia escrita en la hoja de vida del alumno (ficha).
Esta sanción será impuesta por el director de grupo o el Coordinador de Formación, previa comprobación del hecho. Cuando la amonestación sea hecha por el director de grupo, éste debe pasar el informe por escrito a la Coordinación de Formación para que quede registrado en la ficha del alumno.
b. Suspensión de sus derechos de alumno por un término de 1 a 3 días hábiles. Esta sanción será impuesta por el Coordinador de Formación.
c. Suspensión de sus derechos de alumno por un término de 4 a 8 días hábiles. Esta sanción será impuesta por el Coordinador de Formación.
d. Suspensión definitiva de sus derechos de alumno de la Institución con cancelación inmediata de su matrícula. Esta sanción será impuesta por el Rector, después que éste haya analizado el informe del Coordinador de Formación, y de habarla dado a conocer al padre de familia o acudiente del alumno y a través de una resolución de la rectoría.
8. Cuando la falta revista tal gravedad que no se encuentren en las normas del presente Manual, el Rector hará la consulta en asamblea al comité disciplinario, al cuerpo de profesores y al Personero de los alumnos reunidos en pleno.
9. En caso de daño, pérdida de objeto u objeto de propiedad de la Comunidad Educativa, el alumno o alumnos causantes, están obligados a restituir o pagar con su valor comercial actual dentro de los 5 días siguientes a la sanción. Esta, según el criterio del Coordinador de Formación, podrá ser rebajada o anulada.
10. En caso de robo, el alumno implicado está obligado a restituir o pagar el objeto sustraído, so pena de retenerle su documentación académica.
11. Para poder reintegrarse a la Institución y recobrar sus derechos de alumno, cuando ha sido suspendido por uno o más días, éste tendrá que presentarse con el Padre de familia o Acudiente a la Coordinación de Formación y firmar la ficha del alumno y el Contrato Pedagógico, si la falta lo amerita.
ARTICULO 6. DE LA CALIFICACION DE LAS FALTAS.
Las faltas contempladas en el presente Manual de Convivencia, serán calificadas de la siguiente manera:
1. El no cumplimiento de los deberes como alumno de la Institución (Capítulo IV, Artículo 4, Numerales 1, 3, 5, 6, 10, 11, 12, 14, 16, 17, 18, 24, 29 y 30) del presente Manual de Convivencia, serán calificadas como FALTAS LEVES, aplicando como sanción el literal a del numeral 7 correspondiente a sanciones.
2. El no cumplimiento de los deberes como alumno de la Institución (Capítulo IV, Artículo 4, Numerales 2, 4, 7, 8, 9, 19, 20, 21, 22, 23, 25, 26, 29 y 31) del presente Manual de Convivencia, serán calificadas como FALTAS GRAVES, aplicando como sanción los literales b o c del numeral 7 correspondiente a sanciones.
3. El no cumplimiento de los deberes (Capítulo IV, Artículo 4, numerales 13, 15, 27 y 28) del presente Manual de Convivencia, serán calificadas como FALTAS MUY GRAVES, aplicando como sanción el literal c o d del numeral 7 correspondiente a sanciones.
4. Cuando las faltas leves sean cometidas en forma repetida, serán consideradas como faltas graves. El Coordinador de Formación citará al padre de familia o acudiente para ponerlo al tanto de la situación, y la aplicación de su sanción se hará de acuerdo con la gravedad de la falta bajo el criterio del Coordinador de Formación.
7. Cuando un alumno haya sido sancionado aplicando dos veces durante el mismo año el literal c, del numeral 7, Artículo 4, del capítulo IV, en la tercera sanción se aplicará el literal d, del numeral 7, Artículo 4, del Capítulo IV.
8. El literal d del numeral 7 correspondiente a sanciones, podrá aplicarse según la gravedad de la falta, sin que el alumno tenga antecedentes disciplinarios, previo estudio por parte del Rector del informe del Coordinador de Formación.
2. El no cumplimiento de los deberes como alumno de la Institución (Capítulo IV, Artículo 4, Numerales 2, 4, 7, 8, 9, 19, 20, 21, 22, 23, 25, 26, 29 y 31) del presente Manual de Convivencia, serán calificadas como FALTAS GRAVES, aplicando como sanción los literales b o c del numeral 7 correspondiente a sanciones.
3. El no cumplimiento de los deberes (Capítulo IV, Artículo 4, numerales 13, 15, 27 y 28) del presente Manual de Convivencia, serán calificadas como FALTAS MUY GRAVES, aplicando como sanción el literal c o d del numeral 7 correspondiente a sanciones.
4. Cuando las faltas leves sean cometidas en forma repetida, serán consideradas como faltas graves. El Coordinador de Formación citará al padre de familia o acudiente para ponerlo al tanto de la situación, y la aplicación de su sanción se hará de acuerdo con la gravedad de la falta bajo el criterio del Coordinador de Formación.
7. Cuando un alumno haya sido sancionado aplicando dos veces durante el mismo año el literal c, del numeral 7, Artículo 4, del capítulo IV, en la tercera sanción se aplicará el literal d, del numeral 7, Artículo 4, del Capítulo IV.
8. El literal d del numeral 7 correspondiente a sanciones, podrá aplicarse según la gravedad de la falta, sin que el alumno tenga antecedentes disciplinarios, previo estudio por parte del Rector del informe del Coordinador de Formación.
ARTICULO 7. ALUMNOS EN LOS DISTINTOS COMITES.
1. CONSEJO DIRECTIVO. Un alumno del grado 11, elegido por el Consejo de estudiantes. Artículo 21 del Decreto 1860 de 1994.
2. PERSONERO. Un alumno del grado 11, elegido dentro de los 30 días siguientes al inicio de las clases por todos los alumnos matriculados en la Institución mediante voto secreto. Artículo 28 del Decreto 1860 de 1994.
3. CONSEJO ESTUDIANTIL. Un alumno por cada grado elegido en cada grado mediante voto secreto durante las cuatro primeras semanas de clases, previa convocatoria hecha por el Consejo Directivo. Artículo 29 del Decreto 1860 de 1994.
2. PERSONERO. Un alumno del grado 11, elegido dentro de los 30 días siguientes al inicio de las clases por todos los alumnos matriculados en la Institución mediante voto secreto. Artículo 28 del Decreto 1860 de 1994.
3. CONSEJO ESTUDIANTIL. Un alumno por cada grado elegido en cada grado mediante voto secreto durante las cuatro primeras semanas de clases, previa convocatoria hecha por el Consejo Directivo. Artículo 29 del Decreto 1860 de 1994.
El presente Manual de Convivencia fue elaborado en Noviembre de 1994, por la Comisión integrada por PEDRO JARABA SEVERICHE, Coordinador de Formación, ISOCRATES CESPEDES PEREZ, CLAUDIO ACEVEDO BENITEZ, y ROSA MANGONEZ GUERRERO, Docentes, TULIA MARTELO ARAUJO y MARIA MARTINEZ LEMUS, Psico-Orientadoras, JAIRO ROMAN LOZANO, Bibliotecario, NILSA LAMADRID DE RHENALS, LUCY ROMERO DE ROMERO y PEDRO PADILLA JULIO, Padres de Familia, JULIO PAREDES RIVERA, ROLANDO VILLARREAL PARRA y ALEXIS ORDUZ MORALES, Alumnos.
Fue presentado al Consejo Directivo integrado por LUIS ALMANZA MARTINEZ, Rector, YANETH GONZALES DE ALVAREZ y GUMERCINDO TAPIAS BOLAÑOS, Representante de los Docentes, ALVARO MARRUGO GARCIA y NILSA LAMADRID DE RHENALS, Representante de los Padres de familia, RONALD ACOSTA PINEDA, Representante de los Alumnos, y SALIM PEÑA HERAZO, Representante de los Ex alumnos; quienes lo aprobaron.
Todos los años al finalizar el año lectivo, el señor Rector nombra una comisión para revisarlo, hacerle correcciones y sugerencias hechas por la Comunidad Educativa.
Esp. MARCOS BERTEL SUAREZ
Rector.
Rector.
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